miércoles 4 de noviembre de 2026Ingresar
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Campo · Trabajo rural

CRA advierte que el acuerdo entre UATRE y VISEC prevé visitas sindicales a los campos y dice que adherir no obliga a permitirlas

Confederaciones Rurales Argentinas pidió a los productores que revisen las condiciones para sumarse a la constancia de legalidad laboral que impulsa el gremio rural. Según la ley, el poder de entrar a un campo sin aviso lo tienen los inspectores del Estado.

Narración con voz generada por IA
Redacción Método Crítico · Buenos Aires · · 5 fuentes citadas
Esquema con tres filas: el inspector del trabajo entra sin aviso ni orden judicial; los representantes sindicales pueden acompañarlo y conocer los resultados; los delegados del personal pueden participar en las inspecciones oficiales.
Gráfico propio con datos de las leyes 25.877[4] y 23.551[3]. Foto: Método Crítico · Elaboración propia

Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) pidió el miércoles 4 de noviembre a los productores agropecuarios que revisen las condiciones de adhesión al acuerdo entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y VISEC, la plataforma privada de trazabilidad socioambiental de la agroindustria. Según la entidad, el sistema «contempla el ingreso de representantes sindicales a los establecimientos rurales para verificar el cumplimiento de la legislación laboral»[1].

CRA difundió la advertencia esa mañana en su cuenta de prensa en X, donde explicó que el acuerdo apunta a «la implementación de una constancia de legalidad laboral» y llamó a los productores «a revisar sus condiciones de adhesión»[2]. La constancia busca certificar que un establecimiento cumple las normas laborales, dentro de los mecanismos de certificación que la cadena agroindustrial usa ante los compradores del exterior.

El punto central del comunicado es el acceso a los campos. «Resulta fundamental que los productores conozcan si las condiciones de adhesión implican autorizar visitas sindicales sin la intervención de los organismos públicos competentes», señaló CRA. Y agregó: «La legislación vigente establece que los delegados sindicales deben actuar acompañados por inspectores de la autoridad de aplicación y exclusivamente en carácter de veedores, conforme al artículo 43 de la Ley 23.551 y al artículo 26 de su Decreto Reglamentario 467/88»[1].

En el mismo texto, la entidad sostuvo que «la adhesión voluntaria a una plataforma privada de certificación no constituye una obligación legal de habilitar inspecciones sindicales autónomas»[1].

CRA cerró el comunicado con una reafirmación de «su compromiso con el trabajo registrado y el cumplimiento de la legislación laboral», y sostuvo que «todo mecanismo privado de certificación debe respetar las competencias, los procedimientos y las garantías establecidos por las leyes argentinas»[1].

Qué dicen las leyes

El artículo 43 de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales se refiere a los delegados del personal, las comisiones internas y organismos similares que menciona su artículo 40, es decir, a la representación de los trabajadores dentro del propio lugar de trabajo. Les reconoce el derecho a «verificar la aplicación de las normas legales o convencionales, pudiendo participar en las inspecciones que disponga la autoridad administrativa del trabajo», además de reunirse con el empleador y presentarle reclamos[3]. El texto del artículo no usa la palabra «veedores». CRA basa esa parte de su lectura también en el decreto reglamentario.

La Ley 25.877, que organiza el sistema de inspección del trabajo, va en la misma línea. Su artículo 31 dice que «los representantes sindicales de los trabajadores tendrán derecho a acompañar al inspector durante la inspección y a ser informados de sus resultados». El artículo 32 les da a los inspectores, y no a los gremios, la facultad de «entrar en los lugares sujetos a inspección, sin necesidad de notificación previa ni de orden judicial de allanamiento»[4]. Ninguna de las dos leyes menciona los esquemas privados de certificación.

De esos textos surge el planteo de CRA: la ley no da a un sindicato el poder de entrar por su cuenta a un establecimiento. Por eso, todo indica que una visita sindical dentro de un esquema privado dependería del permiso que el productor otorgue al adherir, y no de una obligación legal. Esa es la razón por la que la entidad insiste en que los productores lean las condiciones antes de sumarse.

Qué es VISEC

VISEC se presenta como «la plataforma de trazabilidad socioambiental de la agroindustria argentina» y dice ofrecer «transparencia, cumplimiento y confianza para los mercados internacionales». Según su sitio, es una iniciativa de la cámara aceitera y exportadora CIARA-CEC, de la organización ambientalista The Nature Conservancy y de Peterson. La plataforma afirma ser «el primer esquema del país en obtener el reconocimiento formal del gobierno», por la Resolución 50/2024 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca[5].

Según su sitio, la plataforma monitorea, reporta y verifica atributos ambientales, sociales y legales en las cadenas de la soja y de la ganadería bovina, para mostrar ante los compradores del exterior el origen de lo que venden[5]. La constancia laboral sumaría a esa trazabilidad un control del cumplimiento de las normas de trabajo. El comunicado de CRA no cita cláusulas del acuerdo ni dice quién haría las visitas, con qué frecuencia o desde cuándo[1].

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Fuentes

  1. Confederaciones Rurales Argentinas (CRA). «CRA advierte a los productores agropecuarios sobre el acuerdo Uatre - Visec». 2026-11-04. cra.org.ar
  2. X (@CRAprensa). «CRA advierte a los productores agropecuarios sobre el acuerdo Uatre - Visec». 2026-11-04. x.com
  3. InfoLEG – Ministerio de Justicia. «Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales (texto actualizado)». 1988-04-14. servicios.infoleg.gob.ar
  4. InfoLEG – Ministerio de Justicia. «Ley 25.877 de Régimen Laboral». 2004-03-19. servicios.infoleg.gob.ar
  5. VISEC. «VISEC: plataforma de trazabilidad socioambiental de la agroindustria argentina». 2026-11-04. visec.com.ar