martes 3 de noviembre de 2026Ingresar
Primero los datos
Economía · Construcción

El BCRA eliminó la Hoja Móvil del IERIC para cobrar el fondo de cese laboral de la construcción: alcanza con la constancia de ARCA

La Comunicación «A» 8498, vigente desde el 30 de octubre, también permite que los bancos muestren el saldo y los depósitos de esas cuentas por home banking y mobile banking.

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Redacción Método Crítico · Buenos Aires · · 5 fuentes citadas
Un obrero de la construcción corta hierro con una amoladora, entre chispas
Un obrero de la construcción en la Argentina, en 2006. Foto: Jorge Royan · CC BY-SA 3.0 · Fuente

El Banco Central (BCRA) quitó la Credencial de Registro Laboral y la Hoja Móvil del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) de la operatoria de las cuentas del Fondo de Cese Laboral de los trabajadores de la construcción. Para retirar el dinero alcanza ahora con la constancia de ARCA que acredita el fin de la relación laboral. Lo dispuso la Comunicación «A» 8498, fechada el 29 de octubre y vigente desde el 30 de octubre de 2026[1].

Los bancos comerciales deben abrir estas cuentas a pedido de los empleadores alcanzados por la Ley 22.250, que depositan en ellas cada mes los aportes a nombre del obrero. Los saldos se expresan en unidades de valor adquisitivo (UVA). Cuando termina la relación laboral, el saldo total, con los intereses devengados, se transfiere al trabajador o él mismo lo retira[1].

Qué cambia

La comunicación tiene tres puntos. El primero deja sin efecto el apartado del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales que regulaba «la utilización de la Credencial de Registro Laboral y Hoja Móvil complementaria y accesoria» en esas cuentas. El segundo establece que el retiro de fondos «se llevará a cabo mediante la presentación de la constancia emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que acredite el cese de la relación laboral». El tercero autoriza a los bancos a ofrecer al trabajador y al empleador la consulta del saldo y del detalle de los depósitos por home banking o mobile banking[1].

El cobro queda así: dentro de las 48 horas del cese, el empleador debe pedirle al banco que transfiera los fondos a la cuenta que elija el trabajador, en cualquier entidad, y presentar la constancia de ARCA. Si el trabajador no tiene una cuenta a la vista, el banco debe abrirle una caja de ahorros en pesos. También puede retirar el dinero en efectivo, sin transferirlo antes[1].

La consulta digital es optativa para cada banco, porque la norma dice que «se podrá permitir». Se agrega al resumen mensual de movimientos y saldos que los bancos ya deben enviar por correo electrónico al trabajador que haya informado su dirección[1].

La norma en datos

Norma: Comunicación «A» 8498 del BCRA, del 29/10/2026.

Vigencia: desde el 30/10/2026.

Se elimina: el uso de la Credencial de Registro Laboral y de la Hoja Móvil del IERIC.

Requisito para el retiro: la constancia de cese de ARCA.

Plazo del empleador: 48 horas desde el cese para pedir la transferencia.

Novedad: los bancos pueden ofrecer la consulta del saldo por home banking o mobile banking.

El anuncio y su contexto

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, difundió la medida en X el 3 de noviembre bajo el título «Baja de costos en la construcción». Escribió que hasta ahora, «para cobrar un fondo que por ley pertenece al trabajador, era indispensable presentar la Hoja Móvil emitida a través del IERIC», y que desde ahora «para liberar los fondos bastará con presentar ante el banco la constancia de cese laboral emitida por ARCA»[2][3]. Las dos descripciones coinciden con el texto de la comunicación[1].

Sturzenegger presentó el cambio como la adecuación de las normas bancarias a la Ley 27.802 y al Decreto 407/2026, que «ya habían dispuesto que la registración ante ARCA es suficiente», «eliminando la duplicación de altas y bajas laborales ante el IERIC»[2]. El decreto, publicado en el Boletín Oficial el 1 de junio de 2026, dispuso que las altas, bajas y modificaciones de los trabajadores de la Ley 22.250 se registren ante ARCA. También excluyó esa función de las competencias transferidas al IERIC y le ordenó al instituto adecuar sus normas «reconociendo como válidos y suficientes los requisitos de registración» de ARCA[4].

El IERIC conserva otras funciones en estas cuentas. El texto ordenado actualizado mantiene el número de inscripción del empleador en el instituto entre los datos obligatorios para abrir la cuenta y en la boleta de depósito. Los bancos siguen enviándole al IERIC la información de cada depósito electrónico, el empleador le entrega una copia de los comprobantes en papel, y una vez por año los bancos le remiten la lista de cuentas sin movimiento durante 12 meses[1]. El trámite que se elimina es el que hacía el trabajador para cobrar.

Ni la comunicación ni el anuncio estiman cuánto ahorran trabajadores y empresas, ni cuántas cuentas del fondo están abiertas[1][2]. Para dimensionar el universo alcanzado, el INDEC contó 375.158 puestos de trabajo registrados en el sector privado de la construcción en julio de 2026 (dato provisorio), 0,3% menos que un año antes. La actividad del sector, medida por el indicador sintético ISAC, subió 0,4% en agosto frente a julio en la serie desestacionalizada, quedó 4,4% abajo de agosto de 2025 y en los primeros ocho meses del año quedó 0,8% por encima del mismo período de 2025[5].

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Fuentes

  1. Banco Central de la República Argentina. «Comunicación «A» 8498: Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Adecuaciones». 29/10/2026. bcra.gob.ar
  2. X (@fedesturze). Federico Sturzenegger. ««BAJA DE COSTOS EN LA CONSTRUCCIÓN. El BCRA [...] mediante la Comunicación "A" 8498/2026…»». 3/11/2026. x.com
  3. X (@fedesturze). Federico Sturzenegger. ««BAJA DE COSTOS EN LA CONSTRUCCIÓN…» (primera publicación)». 3/11/2026. x.com
  4. Boletín Oficial / Normativa nacional. «Decreto 407/2026, reglamentación de la Ley 27.802 de Modernización Laboral (arts. 17 a 21)». 1/6/2026. argentina.gob.ar
  5. INDEC. «Indicadores de coyuntura de la actividad de la construcción. Agosto de 2026». 7/10/2026. indec.gob.ar