domingo 25 de octubre de 2026Ingresar
Primero los datos

El precio de AySA se paga una vez; las reglas rigen treinta años

El Gobierno adjudicó el 90% de AySA por US$ 340,2 millones. Para James M. Buchanan, lo que cambia una privatización son los incentivos, y lo que decidirá su éxito no es el precio sino que la senda tarifaria, las metas de cobertura y el control del ERAS se cumplan sin renegociaciones.

Leída por una voz generada por IA, no por la voz de James M. Buchanan
James M. Buchanan (IA) · Buenos Aires · · Actualizado: 22 de octubre de 2026, 17:48 · 5 fuentes citadas
Retrato de James M. Buchanan

James M. Buchanan (1919-2013)

Economista estadounidense, Premio Nobel de Economía 1986, fundador de la teoría de la elección pública. Aplicó la economía al comportamiento de políticos y burócratas, y explicó por qué los gobiernos tienden al déficit y al gasto sin reglas que los limiten.

Escrita por inteligencia artificial como si fuera James M. Buchanan (1919-2013). El texto recrea sus ideas y su manera de razonar a partir de su obra publicada; Buchanan no lo escribió. Los hechos de actualidad que menciona están verificados y citados en las fuentes.

Retrato: Atlas Network · CC BY-SA 3.0 · Fuente

Metas de cobertura que fija el contrato de AySA
Fuente: Ministerio de Economía, comunicados del 15 de septiembre y el 8 de octubre de 2026 [3]
Las metas que el operador deberá cumplir bajo control anual del ERAS, según Economía. Un tercio del área de concesión todavía no tiene agua potable y cloacas.

El Ministerio de Economía adjudicó por la Resolución 1818/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el 90% de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA) al consorcio de Rowing, Arcos Saneamento, PHX Aqua AR y Transclor, por US$ 340,2 millones sin IVA. La otra oferta, del consorcio de Roggio Roas y otras cuatro firmas, fue de US$ 285 millones, y el contrato de compraventa debe firmarse hasta el 13 de noviembre[1].

Es una buena noticia, y no principalmente por la cifra. El precio se cobra una vez. Lo que decidirá si los vecinos del área metropolitana tienen agua y cloacas dentro de diez años son las reglas bajo las cuales el comprador operará durante una concesión con un plazo inicial de 30 años[3].

Las mismas personas, otros incentivos

A quienes actúan en política hay que estudiarlos con los mismos supuestos con que se estudia a quienes actúan en el mercado. Eso, como dije en Estocolmo en 1986, «ciertamente no implica imputar motivos malvados o maliciosos a los actores políticos»[4]. El directivo de una empresa estatal no es peor persona que el de una privada: responde a otros incentivos.

En una empresa estatal, la pérdida no la paga quien decide: la paga el contribuyente, que no eligió al directorio y rara vez sabe cuánto le cuesta. La tarifa tiende a seguir el calendario electoral antes que el costo del servicio. Un operador que paga US$ 340,2 millones por las acciones, en cambio, pasa a ser el dueño del resultado: si invierte mal o atiende mal, la pérdida es suya. Eso es lo que una privatización cambia de verdad: quién soporta las consecuencias de cada decisión.

Un monopolio necesita reglas, no un buen dueño

Pero el agua por red es un monopolio natural: nadie tenderá una segunda cañería por la misma calle. Un monopolio privado sin reglas no es mejor que uno estatal; solo cambia de manos la renta. Por eso me interesa menos el precio que el contrato.

Según Economía, durante el primer ciclo tarifario, de 2027 a 2031, la tarifa vigente al presentar el plan se mantendrá constante en términos reales, con las excepciones que prevé el contrato. El Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) controlará cada año las obligaciones, un auditor técnico independiente deberá certificar las inversiones que financie el operador y los incumplimientos graves y reiterados pueden costar multas y la pérdida de la concesión[3]. El Plan de Acción 2027-2031 suma $ 2,89 billones a valores de diciembre de 2025 y fija metas de cobertura de 75,3% de la población con agua potable y 63,9% con cloacas para 2031, y de al menos 90% y 75% al terminar el plazo inicial[2][3].

Son reglas en el sentido que me importa: se escribieron antes de saber quién ganaría. Los dos consorcios compitieron bajo las mismas condiciones, y la diferencia entre sus ofertas, US$ 55,2 millones o 19,4%[1], indica que hubo competencia por el derecho a operar bajo esas condiciones. Con Gordon Tullock explicamos en 1962 que quien elige reglas sin saber qué lugar ocupará después no tiene motivo para preferir las que favorecen a un grupo particular[5]. Una tarifa fijada en términos reales antes de la adjudicación se acerca a esa situación más que una tarifa negociada año tras año con el operador ya instalado.

El peligro está en la renegociación

Wicksell enseñó, y así lo resumí en mi conferencia del Nobel, que los economistas «deberían dejar de ofrecer consejos de política como si estuvieran empleados por un déspota benevolente» y mirar «la estructura dentro de la cual se toman las decisiones políticas»[4]. Aplicado a AySA: no hay que esperar que el regulador sea sabio ni que el operador sea generoso. Hay que diseñar el contrato de modo que incumplirlo cueste y que rehacerlo sea difícil.

El riesgo de toda concesión es que, una vez firmado el contrato, el operador y los funcionarios de turno descubran un interés común en reescribirlo: el primero, para obtener más tarifa o menos obligaciones; los segundos, para anunciar obras o contener precios antes de una elección. Las excepciones que prevé el contrato son la puerta por donde puede volver a entrar esa discrecionalidad. Cuanto menos numerosas, más precisas y más públicas sean, más valdrá la regla.

La transparencia también es parte de la regla. La resolución afirma que las ofertas son «razonables a la luz de la tasación» del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), pero no publica el valor de esa tasación[1]. Publicarla permitiría a cualquiera juzgar el precio. Lo mismo vale para los controles anuales del ERAS y los certificados del auditor: un control que nadie puede leer controla poco.

La medida del éxito

Según el ministerio, un tercio del área de concesión todavía no tiene acceso a agua potable y cloacas[3]. El éxito de esta privatización no se medirá por los US$ 340,2 millones que reciba el Tesoro, sino por si en 2031 el 75,3% de la población tiene agua y el 63,9% tiene cloacas, y por si el contrato que lo exige sigue siendo el que se firmó. El enfoque de Wicksell se concentra en la «reforma en las reglas, que puede estar en el interés potencial de todos los jugadores»[4]. Pocas reglas muestran ese interés común tan a la vista como las que llevan el agua hasta una casa.

Multimedia y documentos

Documento · Boletín Oficial de la República ArgentinaResolución 1818/2026 del Ministerio de Economía22 oct. 2026 · Abrir el documento
El texto completo de la adjudicación de AySA, con el orden de mérito y el plazo para firmar el contrato.
Documento · James M. Buchanan (nobelprize.org)The Constitution of Economic Policy8 dic. 1986 · Abrir el documento
La conferencia del Nobel en la que Buchanan propone reformar las reglas de la política y no sus resultados (en inglés).
Compartir

Fuentes

  1. Boletín Oficial de la República Argentina. Ministerio de Economía. «Resolución 1818/2026 (RESOL-2026-1818-APN-MEC): adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 504/2-0003-LPU26 para la venta del 90% de AySA». 22 oct. 2026. boletinoficial.gob.ar
  2. Ministerio de Economía (argentina.gob.ar). «Avanza la privatización de AySA: se realizó la apertura de ofertas económicas y el nuevo operador tendrá obligaciones de inversión por más de USD 2.000 millones para mejorar y expandir el sistema de cloacas y agua potable». 8 oct. 2026. argentina.gob.ar
  3. Ministerio de Economía (argentina.gob.ar). «Avanza la privatización de AySA: el nuevo operador tendrá obligaciones de inversión por más de US$ 2.000 millones en los primeros 5 años para desarrollar el sistema de cloacas y agua potable». 15 sept. 2026. argentina.gob.ar
  4. The Nobel Prize (nobelprize.org). James M. Buchanan. «The Constitution of Economic Policy, conferencia del Premio Nobel, 8 de diciembre de 1986 (texto en inglés; citas en traducción propia)». 1986. nobelprize.org
  5. Library of Economics and Liberty (econlib.org). James M. Buchanan y Gordon Tullock. «The Calculus of Consent: Logical Foundations of Constitutional Democracy, cap. 6 «A Generalized Economic Theory of Constitutions» (texto en inglés)». 1962. econlib.org