El SENASA extendió hasta el 6 de noviembre el plazo para actualizar el RENSPA; quien no lo haga puede perder el registro
La prórroga, anunciada en medio de una alta demanda en el sistema y en las oficinas, alcanza a los productores con más de un año sin actualizar sus datos. Sin registro no se puede operar en actividades que requieran autorización o certificación del organismo.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) extendió hasta el viernes 6 de noviembre el plazo para que los productores inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) actualicen sus datos, informó el organismo el jueves 29 de octubre[1]. El plazo original vencía el 28 de octubre[2]. En el mismo aviso, el organismo señaló el «alto caudal de ingresos en el sistema RENSPA» y el «crecimiento de la demanda de atención de manera presencial», y aclaró que las gestiones ya ingresadas que esperan el visto bueno de sus oficinas serán resueltas «a la brevedad»[1].
El RENSPA es el padrón que identifica a cada productor con el campo donde trabaja y con sus actividades, y es la base de la trazabilidad sanitaria de lo que produce[4]. Según el SENASA, sin él no se pueden comercializar animales, vegetales ni productos agroalimentarios[3]. La inscripción es obligatoria y gratuita para todos los productores pecuarios, cualquiera sea la cantidad de animales, y para los agrícolas, sea cual sea el título por el que ocupan la tierra[4].
- 29 jul. 2026El Boletín Oficial publica la Resolución 679/2026; rige desde el día siguiente.
- 15 oct. 2026El SENASA recuerda que el plazo vence el 28 de octubre.
- 28 oct. 2026Vencimiento original de los 90 días corridos.
- 29 oct. 2026El SENASA extiende el plazo.
- 6 nov. 2026Nuevo vencimiento. Después, los registros no actualizados quedan expuestos a la baja.
Quiénes deben hacerlo
La obligación surge de la Resolución 679/2026, firmada por la presidenta del SENASA, María Beatriz Giraudo Gaviglio, y publicada en el Boletín Oficial el 29 de julio[4][5]. Alcanza a los inscriptos que «registren más de un año desde su inscripción o desde su última actualización» en el sistema, que debían ponerse al día en 90 días corridos desde la entrada en vigencia de la norma, al día siguiente de su publicación[4]. La resolución recuerda que el registro ya exigía, desde 2014, una actualización anual de las actividades, y justifica la medida en la necesidad de depurar «registros desactualizados, inactivos o incompletos» que, según el organismo, afectan sus controles y su planificación sanitaria[4].
Quedan exceptuados los dueños de bovinos y búfalos en zonas que vacunan contra la fiebre aftosa, siempre que hayan presentado la declaración jurada de otras especies durante la vacunación y que sus datos figuren en el sistema de gestión sanitaria del SENASA (SIGSA); para ellos, la información cargada en la campaña vale como actualización[1][4]. Esa excepción no los libera de declarar todas las especies y actividades del establecimiento[1]. Tampoco deben hacer el trámite los zoológicos, parques y otras actividades no productivas[4].
La actualización se hace por internet, en el sistema RENSPA con clave fiscal desde el sitio de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), o en la oficina local del SENASA de la zona del establecimiento[1][4]. En los dos casos, lo declarado queda sujeto a verificación antes de incorporarse al registro[1]. El organismo publicó un video que explica el trámite[10].
Qué pasa con quien no cumpla
La resolución establece que, vencido el plazo, los RENSPA no actualizados «serán dados de baja», y la baja implica que su titular «no podrá realizar actividades agropecuarias que requieran, directa o indirectamente, la intervención, autorización o certificación del SENASA»[4]. Los avisos del organismo usan una fórmula más suave, «podrá proceder a la baja»[2][6]. Quien quede afuera puede pedir la reactivación con el procedimiento del manual del registro, sin perjuicio de los controles sanitarios que el SENASA disponga[4]. Otro artículo, titulado «régimen permanente de actualización», prevé que los registros de quienes no cumplan queden primero bloqueados para operar durante 90 días y se den de baja si no se regularizan en ese plazo[4]. Los incumplimientos pueden recibir las sanciones del capítulo V de la Ley 27.233 de sanidad animal y vegetal[4].
Ni la resolución ni los avisos del SENASA informan cuántos productores están inscriptos en el RENSPA ni cuántos debían actualizar sus datos[1][2][4][6]. La referencia oficial más cercana para dimensionar el sector es el último Censo Nacional Agropecuario del INDEC, de 2018, que contó 249.663 explotaciones agropecuarias en todo el país[7]. Esa cifra no equivale a la cantidad de registros: el RENSPA inscribe a cada productor en cada predio donde trabaja, cualquiera sea su título sobre la tierra, y alcanza también a tenedores de animales y a instituciones con actividad productiva[3][4].
El padrón también se usa en emergencias: el SENASA había pedido en julio a los productores que tuvieran el RENSPA al día con el inventario de todas sus especies porque sirve para armar padrones ante inundaciones, y en la crecida del Litoral facilitó la inscripción para acelerar la evacuación de hacienda[8][9].
Fuentes
- SENASA. «Se extiende hasta el viernes 6 de noviembre la actualización de datos en el Renspa». 29 oct. 2026. argentina.gob.ar
- SENASA. «Hasta el 28 de octubre se podrá realizar la actualización de datos en el RENSPA». 15 oct. 2026. argentina.gob.ar
- SENASA. «Inscribir/Actualizar establecimientos en el RENSPA (trámite)». consultada el 30 oct. 2026. argentina.gob.ar
- SENASA, vía InfoLEG. «Resolución 679/2026 (RESOL-2026-679-APN-PRES#SENASA), texto original». 27 jul. 2026. argentina.gob.ar
- Boletín Oficial. «Primera sección del 29 de julio de 2026: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución 679/2026 (pág. 62)». 29 jul. 2026. boletinoficial.gob.ar
- SENASA. «Actualización de datos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios». 29 jul. 2026. argentina.gob.ar
- INDEC. «Censo Nacional Agropecuario 2018. Resultados definitivos». abr. 2021. indec.gob.ar
- SENASA. «Planificación y documentación al día ante posibles inundaciones por el fenómeno de El Niño». 24 jul. 2026. argentina.gob.ar
- SENASA. «Inundaciones: Se facilita la gestión de movimientos para evacuar hacienda por el fenómeno El Niño». 28 oct. 2026. argentina.gob.ar
- SENASA (YouTube, Senasa comunica). «Actualización del Renspa». oct. 2026. youtube.com