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Economía · Energía

La Secretaría de Energía fijó para las zonas muy cálidas un bloque de luz subsidiada de 500 kWh por mes de noviembre a abril

La Resolución 300/2026 reemplazó los consumos base con descuento de las zonas bioambientales «muy cálidas» y «cálidas»; en enero, la Resolución 13/2026 había dado a las muy cálidas 550 kWh, pero solo en diciembre, enero y febrero. Otra resolución fijó en 20% la bonificación adicional de la nueva Zona Fría.

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Redacción Método Crítico · Buenos Aires · · 7 fuentes citadas
Postes de acero con un transformador y cables de distribución eléctrica en una calle de San Roque, Córdoba.
Tendido eléctrico en San Roque (Córdoba), en febrero de 2025. Foto: HighVoltage 5576 / Wikimedia Commons · CC BY-SA 4.0 · Fuente

La Secretaría de Energía cambió el consumo de electricidad con descuento para los hogares de las zonas más calurosas del país. La Resolución 300/2026 fue firmada el lunes 26 de octubre por la secretaria María Carmen Tettamanti y publicada este martes en el Boletín Oficial. Sustituye el Anexo I de la Resolución 13/2026 y sus modificatorias, que fija los consumos base diferenciales de las zonas bioambientales «Muy cálido» (Ia y Ib) y «Cálido» (IIa y IIb). Rige desde su publicación[1].

Según la Secretaría de Energía, los hogares de las zonas muy cálidas «pasaron a contar con un bloque de 500 kWh por mes entre noviembre y abril». Los de las zonas cálidas tienen 300 kWh mensuales durante todo el año y 370 kWh en diciembre, enero y febrero[2]. La Resolución 13/2026 había fijado para las zonas muy cálidas 550 kWh en diciembre, enero y febrero[4]. El comunicado no menciona ese valor ni aclara si en esos tres meses el bloque de esa zona pasa de 550 a 500 kWh[2].

Consumo de luz con descuento por zona
Zona muy cálida, noviembre a abril (comunicado del 27 de octubre)
500 kWh por mes
Zona muy cálida, diciembre a febrero (Resolución 13/2026, enero)
550 kWh por mes
Zona cálida, diciembre a febrero (comunicado del 27 de octubre)
370 kWh por mes
Zona cálida, marzo a noviembre (comunicado del 27 de octubre)
300 kWh por mes
Usuarios alcanzados, según el Gobierno
2.371.941

Cómo funciona el consumo base

El consumo base es el volumen mensual sobre el que se aplica el descuento del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), creado por el Decreto 943/2025. Lo que se consume por encima de ese bloque «no estará sujeto a bonificaciones». Para el país en general, el decreto fijó 300 kWh en enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre, y 150 kWh en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre. También facultó a Energía a fijar bloques diferenciales para «las provincias más cálidas del país»[3].

En uso de esa facultad, la Secretaría dictó en enero la Resolución 13/2026. Sobre la base de un análisis de CAMMESA, la administradora del mercado eléctrico mayorista, esa norma fijó 550 kWh mensuales para las zonas muy cálidas y 370 kWh para las cálidas en diciembre, enero y febrero[4]. En marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, ese esquema daba 150 kWh a las tres zonas: muy cálida, cálida y resto[5]. Luego, la Resolución 221/2026 fijó en 200 kWh el bloque de septiembre de 2026 «con independencia de la zona bioambiental»[5]. La Resolución 272/2026, del 29 de septiembre, hizo lo mismo con octubre. El anexo que ahora se reemplaza es el que aprobó esa resolución[6][1].

Para la zona «Resto», la que no tiene clima diferencial, siguen los bloques de la Resolución 13/2026, según los considerandos de la nueva norma[1].

Por qué se cambió

Según los considerandos, «diversas provincias y entidades representativas» de las zonas cálida y muy cálida hicieron presentaciones sobre la incidencia de las temperaturas elevadas «y su persistencia durante determinados períodos del año» en el consumo de los hogares. La Secretaría también usó datos de CAMMESA sobre el consumo residencial en épocas de calor. La resolución aclara que no modifica la delimitación de las zonas, que sigue la norma IRAM 11603:2012[1].

La Secretaría de Energía informó que la medida alcanza a 2.371.941 usuarios residenciales de 15 provincias, a las que presentó como «del Norte Grande»: Catamarca, Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán[2]. Pero la Región Norte Grande Argentino, creada por un tratado interprovincial firmado en Salta en 1999, reúne diez provincias: Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán[7]. Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos, del centro del país, y San Juan y San Luis, de Cuyo, no forman parte de ella. La norma no publica la cifra de usuarios ni su desglose por provincia. El comunicado no aclara si son todos los hogares de esas zonas o solo los inscriptos en el SEF[1][2].

Quiénes reciben el descuento

Los bloques no son un descuento general. Desde el Decreto 943/2025, el subsidio a la luz y al gas se concentra en una sola categoría: hogares con ingresos netos de hasta tres canastas básicas totales de un «Hogar 2» del INDEC, o con un integrante con certificado del ReNaBaP o pensión de veterano de Malvinas. Esos hogares tienen una bonificación sobre el consumo base y, durante 2026, una bonificación extraordinaria de hasta 25% que se reduce en forma progresiva[3]. La Secretaría presentó la medida como parte de un esquema que «focaliza» los beneficios según las necesidades de cada hogar y el clima de cada región[2].

Zona Fría: 20% adicional sobre el consumo base de gas

En la misma edición del Boletín Oficial, la Resolución 299/2026 fijó los porcentajes del nuevo régimen de Zona Fría, reglamentado por el Decreto 1266/2026, del 25 de octubre. En la Patagonia, el departamento de Malargüe (Mendoza) y la Puna, todos los usuarios residenciales de gas natural y de propano por redes tendrán una bonificación del 50% del precio del gas[1].

En las subzonas sumadas en 2021 (IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI), la «Bonificación Adicional por Zona Fría» será del 20% del Precio Anual Uniforme del gas natural, y del precio del propano por redes, sobre el consumo base. Corresponderá solo a los hogares inscriptos en el SEF que cumplan los requisitos de la Ley 27.828, y se sumará a la bonificación que ya reciben como beneficiarios de ese régimen[1]. Las entidades de bien público y los clubes de barrio y de pueblo recibirán el 20% sobre todo el volumen que consuman. La resolución rige desde su publicación y se aplica a los consumos desde la entrada en vigencia de la Ley 27.828, el 13 de octubre[1].

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Fuentes

  1. Boletín Oficial de la República Argentina. «Primera sección N.º 36.021: Resolución 299/2026 (RESOL-2026-299-APN-SE#MEC) y Resolución 300/2026 (RESOL-2026-300-APN-SE#MEC) de la Secretaría de Energía, pp. 37-42». 27 oct. 2026. boletinoficial.gob.ar
  2. Secretaría de Energía (Ministerio de Economía). «El Gobierno nacional amplió los bloques de consumo eléctrico bonificable para las provincias del Norte y reglamentó el nuevo Régimen de Zona Fría». 27 oct. 2026. argentina.gob.ar
  3. Boletín Oficial de la República Argentina (texto en Argentina.gob.ar). «Decreto 943/2025: Subsidios Energéticos Focalizados (arts. 2, 4, 6 y 8 y Anexo I)». 2 ene. 2026. argentina.gob.ar
  4. Secretaría de Energía (texto en Argentina.gob.ar). «Resolución 13/2026: consumos base diferenciales por zona bioambiental (considerandos y art. 2)». 15 ene. 2026. argentina.gob.ar
  5. Secretaría de Energía (texto en Argentina.gob.ar). «Resolución 221/2026: consumo base de septiembre de 2026». 31 ago. 2026. argentina.gob.ar
  6. Secretaría de Energía (texto en Argentina.gob.ar). «Resolución 272/2026: consumo base de octubre de 2026 y Anexo I (IF-2026-94364059-APN-SSEEIE#MEC)». 29 sep. 2026. argentina.gob.ar
  7. Honorable Cámara de Diputados de la Nación. «Proyecto de ley 3892-D-2023, «Régimen de Tarifa Única Aérea para el Norte Grande» (art. 3 y fundamentos: provincias de la Región Norte Grande Argentino)». 2023. www4.hcdn.gob.ar