Cerrar la fábrica es la última defensa del contribuyente; la primera debería ser la Constitución
Milei y Reidel publicaron una nueva versión de su paper sobre la escala mínima viable. James M. Buchanan coincide en que un impuesto puede volver inviable una empresa, pero sostiene que el remedio no es un planificador más sabio sino reglas constitucionales que limiten a quien cobra.

James M. Buchanan (1919-2013)
Economista estadounidense, Premio Nobel de Economía 1986, fundador de la teoría de la elección pública. Aplicó la economía al comportamiento de políticos y burócratas, y explicó por qué los gobiernos tienden al déficit y al gasto sin reglas que los limiten.
Escrita por inteligencia artificial como si fuera James M. Buchanan (1919-2013). El texto recrea sus ideas y su manera de razonar a partir de su obra publicada; Buchanan no lo escribió. Los hechos de actualidad que menciona están verificados y citados en las fuentes.
Retrato: Atlas Network · CC BY-SA 3.0 · Fuente
El presidente Javier Milei y Demian Reidel publicaron este martes una nueva versión de su trabajo «Minimum Viable Scale», un documento de trabajo de 58 páginas acompañado por un sitio de divulgación[1][2][3]. Su tesis es que, cuando hay rendimientos crecientes a escala, existe un nivel mínimo de capital por debajo del cual no conviene conservarlo, aunque físicamente se pudiera reponer[3]. En el sitio, una animación invita a subir un impuesto «hasta que la máquina cierre»[2]. Celebro que dos economistas vuelvan a la fábrica de alfileres de Adam Smith: yo mismo dediqué parte de mis trabajos de los años noventa a sostener que los rendimientos crecientes y la ética del trabajo importan más de lo que la teoría corriente admite[9]. Pero quiero discutir quién decide en ese modelo.
El planificador que no existe
En el paper, «un planificador elige consumo, trabajo y ahorro para maximizar el bienestar», como lo resume el propio sitio[4]. Es la figura que la teoría de la elección pública se propuso abandonar: el gobernante benévolo que sabe lo que conviene y lo ejecuta. Los autores advierten que sus ejercicios miden costos netos de recursos y que aplicarlos a impuestos o regulaciones exige contar la recaudación que se devuelve y los beneficios productivos[3]. Esa cuenta, sin embargo, depende de lo que hagan con la recaudación los políticos de carne y hueso, que el modelo no tiene.
Con Geoffrey Brennan escribí en 1980 un libro sobre «el poder de cobrar impuestos del gobierno, cómo puede usarse ese poder y cómo puede y debe ser limitado»[5]. Nuestra pregunta no era qué impuesto debe elegir un gobierno sabio, sino otra: «Dado que ignora cuál será su posición futura, ¿qué clase de instituciones tributarias esperaríamos que el ciudadano contribuyente racional eligiera como elementos de la constitución?»[5]. Quien escribe las reglas sin saber si mañana será empresario, asalariado o exportador no quiere tasas bajas por un año: quiere límites que ningún gobierno futuro pueda saltear.
La salida como límite
Hay una ironía en el «cerrás la fábrica» de la guía de divulgación[10]. En nuestro análisis, la posibilidad de dejar de ganar ingresos gravados era justamente lo que acotaba lo que un gobierno recaudador podía extraer: si exigía más, el contribuyente estaba mejor sin producir[6]. La salida protege al contribuyente, pero es una protección cara: se pierden la producción y los empleos que el paper llama extinción. Por eso desconfío del ideal ortodoxo de una base amplia y sin escapatoria. Desde la perspectiva constitucional, escribimos, «el apoyo tradicional a la amplitud de la base tributaria desaparece»[6].
Los datos argentinos muestran qué impuestos se parecen a la cuña del modelo. De enero a septiembre de 2026, ARCA recaudó $ 174,4 billones; el impuesto a los créditos y débitos bancarios aportó 7,4%, y los derechos de exportación, 3,9%[7]. Los dos últimos, que suman 11,3%, se cobran sobre el movimiento de dinero y sobre lo que se vende al exterior, haya o no ganancia. Son los que más fácilmente dejan a una actividad por debajo de la escala que le permite reponer sus equipos.
Reglas, no favores
La Constitución argentina ya contiene una cláusula de la clase que defendí. Su artículo 17 dice que «sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el Artículo 4º», y el artículo 99 prohíbe al Poder Ejecutivo dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria[8]. Pero la letra no basta cuando las cargas se mueven por decreto. El informe de ARCA de septiembre menciona dos alivios dispuestos por el Poder Ejecutivo: las exenciones del impuesto a los créditos y débitos del Decreto 475/2026, vigentes ese mes, y la alícuota cero transitoria de los derechos de exportación que el Decreto 682/2025 habilitó en septiembre de 2025, con un cupo de US$ 7.000 millones que se agotó ese mismo mes[7]. Un alivio que da un decreto lo puede quitar otro. Quien decide si mantiene sus máquinas veinte años no mira la alícuota de este mes, sino la probabilidad de que cambie.
El paper aporta, sin proponérselo, un argumento más para las reglas. Demuestra que, en la frontera, el bienestar tiene un quiebre: del lado de la supervivencia, cada unidad adicional de capital vale estrictamente más que del lado de la extinción[3]. Si el costo de equivocarse cerca del umbral es asimétrico, el contribuyente tiene todavía más razones para atar de antemano a quien cobra, en lugar de confiar en que cada gobierno calibre bien la carga.
Queda la economía política de quién paga. Amilcare Puviani explicó que los gobiernos prefieren los tributos que el contribuyente no ve, y yo le dediqué un capítulo a esa ilusión fiscal[11]. Un impuesto que se descuenta en cada transferencia bancaria o se retiene en el puerto cumple bien esa condición: lo paga gente dispersa que rara vez sabe cuánto. Los beneficiarios del gasto, en cambio, saben muy bien lo que reciben.
Mi consejo, entonces, no se dirige al planificador del modelo sino a los ciudadanos. Si la Argentina quiere que sus empresas no caigan por debajo de su escala viable, la reforma que vale no es la próxima rebaja por decreto, sino límites constitucionales a las bases, las tasas y la discrecionalidad tributaria que obliguen también a los gobiernos que vendrán.
Multimedia y documentos
Fuentes
- X. Demian Reidel (@dreidel1). ««Nueva versión de nuestro paper con @JMilei!!»». 27 oct. 2026. x.com
- minscale.org. Javier Milei y Demian Reidel. «Minimum Viable Scale: las ideas (sitio de divulgación)». 27 oct. 2026. minscale.org
- minscale.org. Javier Milei y Demian Reidel. «Minimum Viable Scale: Bellman Barriers and the Economics of Survival (Working Paper, PDF)». oct. 2026. minscale.org
- minscale.org. Javier Milei y Demian Reidel. «El paper · Minimum Viable Scale». 27 oct. 2026. minscale.org
- Econlib (Liberty Fund). Geoffrey Brennan y James M. Buchanan. «The Power to Tax: Analytical Foundations of a Fiscal Constitution, cap. 1, «Taxation in Constitutional Perspective»». 1980. econlib.org
- Econlib (Liberty Fund). Geoffrey Brennan y James M. Buchanan. «The Power to Tax, cap. 3, «Constraints on Base and Rate Structure»». 1980. econlib.org
- ARCA. «Recaudación tributaria. Informe mensual, septiembre de 2026». oct. 2026. arca.gob.ar
- InfoLEG (Ministerio de Justicia). «Constitución de la Nación Argentina». 1994. servicios.infoleg.gob.ar
- Liberty Fund. James M. Buchanan. «Economic Inquiry and Its Logic (Collected Works, vol. 12), sección «Increasing Returns and the Work Ethic»». 2000. about.libertyfund.org
- minscale.org. Javier Milei y Demian Reidel. «¿Por qué las economías despegan… o desaparecen? Guía para no economistas (PDF)». oct. 2026. minscale.org
- Econlib (Liberty Fund). James M. Buchanan. «Public Finance in Democratic Process, cap. 10, «The Fiscal Illusion»». 1967. econlib.org