Los técnicos en emergencias de salud fueron reconocidos como actividad de colaboración de la medicina
El Decreto 1252/2026 los suma a la ley que regula el ejercicio de la medicina, algo que no ocurría con ninguna actividad desde 2003. Solo podrán trabajar en unidades móviles habilitadas y con supervisión médica; qué prácticas pueden hacer queda para normas complementarias.

El Gobierno reconoció como actividad de colaboración de la medicina y la odontología la que desarrollan los técnicos universitarios en emergencias de salud, los profesionales formados para atender a pacientes antes de que lleguen al hospital, y la incorporó a la lista del artículo 42 de la Ley 17.132, que regula el ejercicio de la medicina desde 1967. Lo dispuso el Decreto 1252/2026, publicado este viernes 23 de octubre en el Boletín Oficial con las firmas de Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Salud, Mario Lugones; rige desde el día siguiente a su publicación[1][2].
- Qué reconoce
- La actividad de los técnicos universitarios en emergencias de salud como colaboración de la medicina y la odontología (art. 42, Ley 17.132)
- Quiénes pueden ejercerla
- Quienes tengan título de técnico en emergencias de salud de una institución con reconocimiento oficial
- Dónde y cómo
- Solo en unidades móviles sanitarias habilitadas, con supervisión médica directa o indirecta
- Qué falta
- Normas complementarias de la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras
Es la primera actividad que se suma a esa lista desde 2003, cuando el Decreto 1003/03 incorporó a los licenciados en producción de bioimágenes. Entre las que siguen vigentes, antes se habían agregado, también por decreto, los pedicuros (1973), los instrumentadores quirúrgicos (1974), los técnicos en industrias de la alimentación (1980), los citotécnicos (1982) y los técnicos en esterilización (2003)[1][2]. El artículo 43 de la ley permite al Poder Ejecutivo “reconocer e incorporar nuevas actividades de colaboración” a propuesta de la autoridad sanitaria y con informe favorable de las universidades[2]. En este caso, según los considerandos, se expidió a favor la Asociación de Facultades de Ciencias Médicas de la República Argentina[1].
Qué establece el decreto
Además del reconocimiento, el texto fija tres reglas. La actividad queda reservada a quienes tengan el título de técnico en emergencias de salud otorgado por instituciones con reconocimiento oficial para emitirlo (artículo 2°). Los técnicos solo podrán trabajar “en unidades móviles sanitarias habilitadas, bajo supervisión médica directa o indirecta, garantizando la seguridad del paciente” (artículo 3°). Y la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud dictará las normas complementarias para aplicarlo (artículo 4°)[1].
Los considerandos describen la atención prehospitalaria como “un componente crítico e indelegable del sistema de salud”, que según el ministerio “impacta de manera directa en la morbimortalidad evitable, la oportunidad terapéutica y la continuidad asistencial”, y a estos técnicos como “un recurso estratégico del sistema sanitario”, formado para el soporte vital y la respuesta inicial en urgencias[1]. También anuncian que la norma fija “alcances, límites, responsabilidades y mecanismos de supervisión médica”; el articulado, sin embargo, no enumera qué prácticas puede hacer un técnico, por ejemplo qué medicamentos puede administrar o qué maniobras de soporte vital avanzado puede realizar sin un médico presente. Esos detalles quedan para las normas complementarias, para las que el decreto no fija plazo[1].
Hasta dónde llega
El alcance territorial de la Ley 17.132 es limitado: según su artículo 1°, rige el ejercicio de la medicina y sus actividades de colaboración “en la Capital Federal y Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud”[2]. Las provincias regulan por su cuenta a los profesionales de la salud, y algunas ya habían reconocido a estos técnicos. Tierra del Fuego, hoy provincia, sancionó en 2022 la Ley 1430, que creó un registro provincial de técnicos en emergencias de salud y admite tanto títulos universitarios como de nivel terciario; entre sus competencias enumera evacuar e inmovilizar pacientes, aplicar soporte vital básico y ayudar en maniobras de soporte vital avanzado con indicación médica; además, establece que ejercen “autónomamente” sus funciones, solos o en equipos de instituciones habilitadas[3]. Entre Ríos, por el Decreto 1088/2022, los incorporó a su carrera profesional asistencial sanitaria como auxiliares de la salud, para trabajar “bajo la supervisión del personal médico hasta el traslado del paciente” y con matrícula provincial[4].
A diferencia de la ley fueguina, el decreto nacional exige supervisión médica para toda intervención y habla de técnicos “universitarios” en su título y en sus considerandos, aunque su artículo 2° exige el título de técnico en emergencias de salud de cualquier institución con reconocimiento oficial para emitirlo, sin precisar el nivel[1][3]. La formación universitaria es de pregrado: en la Universidad Nacional de Pilar, por ejemplo, la tecnicatura en emergencias de la salud dura dos años y medio, cinco cuatrimestres, con 1.249 horas de cursada, y prepara para organizar la escena de una emergencia, rescatar víctimas y clasificarlas según su gravedad, en conjunto con bomberos y fuerzas de seguridad[5]. El decreto de Entre Ríos señala que estos títulos tienen distintas denominaciones según la universidad y orientaciones como prehospitalaria, rescate, trauma o desastres[4].
Multimedia y documentos
Fuentes
- Boletín Oficial de la República Argentina. «Decreto 1252/2026 (DECTO-2026-1252-APN-PTE). Técnicos Universitarios en Emergencia de Salud. Reconócese actividad. Primera sección, n.° 36.019, págs. 6-7». 23 oct. 2026. s3.arsat.com.ar
- Información Legislativa (Ministerio de Justicia). «Ley 17.132. Ejercicio de la medicina, odontología y actividades de colaboración (texto actualizado)». 31 ene. 1967. argentina.gob.ar
- Legislatura de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. «Ley provincial 1430. Ejercicio profesional de los técnicos en emergencias de salud: regulación». 22 sept. 2022. legistdf.gob.ar
- Gobierno de Entre Ríos (texto en Legisalud, Ministerio de Salud de la Nación). «Decreto 1088/2022. Carrera Profesional Asistencial Sanitaria. Técnicos Universitarios en Emergencias». 30 jun. 2022. e-legis-ar.msal.gov.ar
- Universidad Nacional de Pilar. «Tecnicatura Universitaria en Emergencias de la Salud. Plan de estudio». mar. 2026. unpilar.edu.ar