lunes 2 de noviembre de 2026Ingresar
Primero los datos

Sacar al funcionario del precio del biodiésel es el primer paso; falta sacar al legislador del cupo

Energía volvió a fijar por resolución los precios del biodiésel y el bioetanol, mientras el Gobierno pide a Diputados aprobar sin cambios una ley que los reemplaza por subastas. Milton Friedman sostiene que la subasta es un avance, pero que los cupos hasta 2036, el corte obligatorio y las trabas a la importación siguen decidiendo por el consumidor.

Leída por una voz generada por IA, no por la voz de Milton Friedman
Milton Friedman (IA) · Buenos Aires · Publicado: · 10 fuentes citadas
Retrato de Milton Friedman

Milton Friedman (1912-2006)

Economista estadounidense, Premio Nobel de Economía 1976, figura central de la Escuela de Chicago y del monetarismo. Estudió durante décadas la relación entre la cantidad de dinero y la inflación, y su Historia monetaria de los Estados Unidos, escrita con Anna Schwartz, sigue siendo una referencia para juzgar a los bancos centrales.

Escrita por inteligencia artificial como si fuera Milton Friedman (1912-2006). El texto recrea sus ideas y su manera de razonar a partir de su obra publicada; Friedman no lo escribió. Los hechos de actualidad que menciona están verificados y citados en las fuentes.

Retrato: Bachrach Studios · Dominio público · Fuente

Gráfico de barras apiladas. Reparto del corte obligatorio de biodiésel según el artículo 38 del proyecto del Senado, en puntos del gasoil: con corte de 7,5%, 7,5 reservados a empresas no integradas y 0 en negociación libre; con corte de 10% hasta fines de 2028, 6,5 reservados y 3,5 libres; en 2029, 5,5 y 4,5; en 2030, 5 y 5; de 2031 al 1 de enero de 2036, 4 y 6.
Gráfico propio con datos del proyecto aprobado por el Senado[6].

El Boletín Oficial publicó este lunes los precios de noviembre de los biocombustibles que las petroleras están obligadas a mezclar con el gasoil y las naftas. La Secretaría de Energía fijó la tonelada de biodiésel en $ 2.074.474 y el litro de bioetanol en un mínimo de $ 1.104,886 el de caña de azúcar y $ 1.012,662 el de maíz, alrededor de 2% más que en octubre[1][2][3]. Como recuerda la resolución del biodiésel, la ley 27.640 manda que el cálculo de su precio «deberá garantizar una rentabilidad determinada, considerando los costos de elaboración»[1].

En Diputados, el subsecretario de Hidrocarburos, Horacio Federico Veller, pidió darle sanción definitiva al proyecto que el Senado votó el 17 de septiembre, y dijo que con la ley actual la Secretaría de Energía «se convirtió en administradora de cupos y de precios, como si supiera de qué está hablando»[4]. Una de las cámaras de pymes del biodiésel, CEPREB, pide cambios: modernizar el régimen, advirtió su director, no puede ser «mandar a la quiebra a 25 pymes y concentrar el negocio en seis aceiteras»[5].

Un precio que no informa

El subsecretario tiene razón. En Libertad de elegir, Rose y yo explicamos que los precios cumplen tres funciones: «primero, transmiten información; segundo, dan un incentivo para adoptar los métodos de producción menos costosos y, así, usar los recursos disponibles para los fines más valorados; tercero, determinan quién obtiene cuánto del producto»[8]. Un precio calculado sobre los costos, con ganancia asegurada, las desvirtúa a las tres. No le dice al productor cuánto valora el combustible quien lo usa, sino cuánto cree un funcionario que cuesta producirlo, y no premia al que abarata: si el costo baja, la fórmula baja el precio.

Los economistas quizá no sepamos mucho, escribimos, pero sabemos producir excedentes: «¿Quiere un excedente? Haga que el gobierno fije por ley un precio mínimo por encima del que regiría de otro modo»[8]. No sorprende que Veller describa una ley que impidió que «la capacidad ociosa se ponga al servicio del consumidor»[4].

La subasta es un avance; el cupo, no

El proyecto del Senado reemplaza los precios oficiales por subastas en un mercado electrónico, donde elaboradores y mezcladores ofrecen precio y volumen[6]. Es un avance. Pero sube el corte obligatorio de biodiésel de 7,5% a 10% y el de bioetanol de 12% a 15%, y reserva por ley 6 puntos del bioetanol a la caña y 6 al maíz durante quince años[6][7]. Mientras el corte de biodiésel siga en 7,5%, lo reserva entero a las empresas «no integradas», las más chicas o sin aceitera en su grupo; con el de 10%, les guarda 6,5 puntos hasta fines de 2028 y todavía 4 de 2031 a 2036[6].

En 1962, en Capitalismo y libertad, incluí entre las actividades del gobierno que no veía cómo justificar «el control gubernamental de la producción», como el prorrateo del petróleo que hacía la Comisión de Ferrocarriles de Texas[9]. Un cupo repartido por tipo de empresa durante casi una década es exactamente eso.

El remedio contra la concentración

El temor de esas pymes a quedar frente a seis aceiteras es comprensible; el remedio del cupo, no. Escribí que «probablemente la fuente más importante de poder monopólico ha sido la ayuda del gobierno, directa e indirecta», y que el libre comercio protegió a Gran Bretaña de un monopolio generalizado durante el siglo XIX y comienzos del XX[9]. El proyecto exige que el biocombustible del corte salga de plantas instaladas en el país y de materias primas nacionales, y, salvo faltante, deja la importación a lo que la autoridad «podrá autorizar» si la paridad de importación resulta más barata que la oferta local[6]. Si se teme que pocos fijen el precio, que cualquier petrolera pueda importar sin pedir permiso. La pyme que produce cerca de su cliente conservará esa ventaja en una subasta abierta, sin necesidad de cupo.

Por qué las leyes salen así

Un sistema que legisla en detalle, escribimos, «tiende a dar un poder político indebido a grupos pequeños con intereses muy concentrados», y a pesar más los efectos «obvios, directos e inmediatos» que los «ocultos, indirectos y diferidos»[8]. En Diputados, el presidente del Centro Azucarero Argentino lo dijo sin rodeos: «Apoyamos este proyecto de ley porque hemos sido escuchados, los puntos que recomendamos han sido recogidos»[5]. Este lunes, la Cámara de Bioetanol de Maíz pidió a Diputados no demorar más la ley[10]. Es natural que cada productor defienda lo suyo. Del otro lado está el automovilista, que paga el corte cada vez que carga combustible y rara vez sabe cuánto.

Si el motivo es ambiental, hay un instrumento mejor: un impuesto por unidad de contaminante, con el que «la empresa tendría un incentivo para usar la manera más barata» de reducirlo[8]. El país ya cobra un Impuesto al Dióxido de Carbono sobre los combustibles, y el proyecto aclara que los biocombustibles no lo pagan[6]. Con ese impuesto, el corte obligatorio sobra: que cada refinadora mezcle lo que le convenga.

Si yo fuera diputado, votaría el texto del Senado, porque termina con los precios fijados por resolución. Y ese mismo día presentaría otro con los cambios que hacen falta, que no son los de CEPREB: importación libre siempre, una transición mucho más corta y, con el tiempo, el fin del corte obligatorio. El biodiésel no necesita un funcionario que le fije el precio ni un legislador que le asigne el cliente.

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Fuentes

  1. Boletín Oficial de la República Argentina. Secretaría de Energía. «Primera sección del 2 de noviembre de 2026 (n.º 36.025): Resoluciones 306/2026 (precios mínimos del bioetanol) y 307/2026 (precio del biodiésel) de la Secretaría de Energía, págs. 44-46». 2 nov. 2026. boletinoficial.gob.ar
  2. Secretaría de Energía. «Reporte de precios de biodiésel: precio de adquisición del biodiésel destinado a la mezcla en el mercado interno». consultado el 2 nov. 2026. glp.se.gob.ar
  3. Secretaría de Energía. «Reporte de precios de bioetanol a base de caña y de maíz». consultado el 2 nov. 2026. glp.se.gob.ar
  4. Honorable Cámara de Diputados de la Nación. «El subsecretario de Hidrocarburos expuso sobre el proyecto de ley que regula los biocombustibles». 28 oct. 2026. hcdn.gob.ar
  5. Honorable Cámara de Diputados de la Nación. «Con invitados, Energía y Combustibles abordó el proyecto de ley de biocombustibles». 20 oct. 2026. hcdn.gob.ar
  6. Honorable Senado de la Nación. «Sanción del Senado comunicada a Diputados: marco regulatorio de biocombustibles (CD-76/26; O.D. 362/26), arts. 13, 14, 16, 24, 34, 36, 38 y 39». 17 sept. 2026. senado.gob.ar
  7. Honorable Senado de la Nación. «Se convirtió en ley Inocencia Fiscal II y el nuevo régimen de biocombustibles obtuvo media sanción». 17 sept. 2026. senado.gob.ar
  8. Harcourt Brace Jovanovich (registro LCCN 79001821 en el catálogo de la Biblioteca del Congreso de EE. UU.). Milton Friedman y Rose D. Friedman. «Free to Choose: A Personal Statement (Nueva York, 1.ª ed., ISBN 0-15-133481-1), cap. 1, pág. 14; cap. 7, págs. 217 y 219; cap. 10, pág. 292 (texto en inglés; citas en traducción propia)». 1980. lccn.loc.gov
  9. University of Chicago Press (registro LCCN 62019619 en el catálogo de la Biblioteca del Congreso de EE. UU.). Milton Friedman. «Capitalism and Freedom (Chicago, 1.ª ed.), cap. 2, pág. 35, y cap. 8, págs. 129-130 (texto en inglés; citas en traducción propia)». 1962. lccn.loc.gov
  10. X (@BioetanolDe). Cámara de Bioetanol de Maíz. ««¿Brent a USD 117,64 y todavía dudamos? (...) La Ley para el Bioetanol no puede seguir esperando. Diputados: la urgencia exige decisiones, no demoras.»». 2 nov. 2026. x.com